Condiciones generales de venta

CONDICIONES GENERALES DE VENTA

 

  1. Las presentes condiciones generales de venta serán aplicables a cualquier acuerdo comercial o suministro entre el cliente y cualquier sociedad vinculada al Grupo Strugal (en adelante Strugal), entendiéndose como tal a aquella que se encuentre participada por la misma sociedad matriz, así como de forma subsidiaria a cualesquiera otras condiciones pactadas por escrito entre los contratantes.
  2. Las ofertas y presupuestos no serán vinculantes para Strugal, conteniendo precios y mediciones estimadas basadas en criterios orientativos informados por el cliente, entendiéndose perfeccionado el contrato de venta únicamente cuando el cliente confirme por escrito su pedido.
  3. En las transacciones internacionales, todo gasto adicional de cualquier naturaleza complementario a la venta (gastos de transporte, tipo de cambio, aduanas, etc.) serán a cargo del comprador.
  4. Los plazos de entrega son orientativos y no constituyen compromiso alguno para Strugal. Sólo se entenderá formalizada la entrega cuando se deposite la mercancía en el destino pactado.
  5. Se considerará fuerza mayor a los efectos del presente contrato la existencia de cualquier contingencia, circunstancia o causa que esté más allá del control de la parte que la invoca, incluyendo, pero no limitándolo, a las siguientes circunstancias: imposición o sumisión a una ley, regulación, decreto, orden o solicitud de cualquier autoridad [nacional, estatal, autonómica, provincial o municipal], confiscación, motín, guerra, disturbios, incendios, inundaciones, terremotos, tormentas, explosiones, huelgas, cierres, parada de maquinaria o de fábrica, imposibilidad de conseguir materias primas, equipos, transporte, quedando Strugal exonerado de su cumplimiento.
  6. Cuando los gastos de transporte sean por cuenta y riesgo del comprador, la mercancía durante dicho desplazamiento quedará bajo su responsabilidad.
  7.  Una vez formalizado el pedido y comunicada al cliente la fecha de entrega del material, el comprador está obligado a la aceptación de los productos en las condiciones pactadas comprometiéndose a descargar en sus instalaciones, poniendo los medios necesarios para ello. Si el cliente se negara a la recepción física del material, se entenderá aceptado a todos los efectos y quedará en depósito en las instalaciones de Strugal quien podrá facturar el importe total del mismo junto con el coste diario del depósito, correspondiente a un 5% del importe total del material más IVA.
  8.  Strugal conservara la propiedad de la mercancía suministrada hasta el abono total del precio según las condiciones de pago acordadas. Durante ese periodo la mercancía se considerará entregada en depósito y bajo custodia del comprador. En el caso de que la mercancía deba ser retirada por el incumpliendo de dichas obligaciones, la pérdida de valor que sufran los materiales serán deducidas de los pagos ya efectuados por el comprador, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
  9. El incumplimiento de las obligaciones de pago dará derecho a Strugal a reclamar una indemnización al deudor por todos los costes sufrido sin necesidad de comunicación formal, según lo dispuesto en el Artículo 8 de La ley 3/2004 contra la morosidad en operaciones comerciales, así como el interés de demora en el tipo legal correspondiente, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 7 de la misma ley. El impago de una factura desde el día de su vencimiento da derecho a la reclamación de las cantidades adeudadas y también a cancelar o suspender los pedidos pendientes sin ninguna formalidad y sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
  10.  En el momento de la entrega del material el comprador debe verificar su contenido, obligándose a comunicar de inmediato a Strugal cualquier incidencia que, a su vez, deberán ser comunicadas por escrito dentro de los ocho días naturales desde su recepción. Strugal no admitirá ninguna reclamación por parte del comprador fuera del plazo señalado.
  11. Una vez servido el material al cliente, si éste solicitara el abono de todo o una parte del mismo por motivos imputables a su causa, STRUGAL quedará facultado para retener en concepto de indemnización por gastos de transformación y transporte hasta un 15% del importe del material abonado.
  12. El comprador autoriza y presta su conformidad a la firma de albaranes de entregas o cualquier otra documentación relacionada con la venta y suministro de materiales a través de dispositivos y medios electrónicos declarando expresamente que con la rúbrica a través de estos medios y por cualquier persona vinculada de hecho o de derecho con el vendedor se da por cumplida la obligación de entrega de material por Strugal.
  13.  En el caso de que la mercancía presentara defectos o vicios, no hayan sido manipulados y se siguiera con el procedimiento de comunicación establecido en las presentes condiciones generales, se sustituirán o se abonará su importe, sin tener el comprador derecho a reclamar indemnización alguna.
  14.  En caso de incumplimiento de las condiciones precedentes, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de Sevilla, con renuncia expresa al fuero propio


ADVERTENCIAS LEGALES

 

Consulta nuestra política de privacidad y protección de datos aquí.